En Buk, la CTS en la liquidación se calcula según el régimen asignado en la ficha del trabajador y la configuración de previsión en la entidad de CTS.
Si en los datos de previsión del colaborador, dentro de su ficha, está marcada la opción “No generar pago”, no se calcula la CTS trunca.
📌 Por otro lado, si se selecciona otra entidad de CTS, sí se incluye 1/6 de la gratificación, pero según el mes de término se aplican las siguientes reglas:
- Noviembre, mayo y junio: no se considera el 1/6 de gratificación.
- Diciembre a abril: se considera el 1/6 de la gratificación pagada en diciembre.
- Julio a octubre: se considera el 1/6 de la gratificación pagada en julio.
Formula de cálculo:
(((Sueldo base + Remuneración fija + Asignación familiar + Promedio de remuneración variable + Ítems con CTS doceavo + 1/6 de gratificación) / 2 ) / 180 ) × Días computables