El cálculo de la gratificación puede variar según las prácticas internas de cada empresa, siempre dentro del marco de la normativa legal. Por ejemplo, aunque la ley establece que el pago debe realizarse por meses completos trabajados, algunas empresas favorecen a sus colaboradores y optan por otorgar este beneficio también por días laborados.
Además, existen distintas formas de definir la base de cálculo para la gratificación trunca, según el momento del cese del colaborador.
Por ello, en este artículo te explicamos las configuraciones disponibles en Buk para el pago de gratificación según las políticas de tu empresa.
Instrucciones para editar las configuraciones:
Para editar las diferentes metodologías y configuraciones de cálculo de gratificación, sigue estos pasos:
- Dirígete a Administración (el ícono de tuerca en el menú superior.
- Da clic a la sección Empresa y luego clic en Crear variable (ícono de +)
- Busca el botón azul de "Crear nueva versión" para poder realizar cambios.
- En el formulario de edición de "Variables de Empresa" encontrarás las configuraciones de gratificación explicadas a continuación.
1. Configuración de pago de gratificación por meses o días laborados:
Dentro del fórmulario, hay un campo llamado "Metodología Conteo Meses Gratificación Perú", donde puedes seleccionar entre estas tres opciones:
- Considerar solamente meses completos: Se paga la gratificación solo por los meses completos que el colaborador haya trabajado dentro del periodo de pago correspondiente.
- Considerar Fracciones de mes: Se paga la gratificación por los días totales trabajados, sin importar si se completaron o no los 30 días dentro del periodo de pago.
- Considerar Fracciones de mes con mínimo de 30 días: Se paga la gratificación solo si el colaborador trabajó al menos 30 días dentro del periodo de pago correspondiente.
Selecciona una de las tres opciones y da clic en "Guardar". Con esto tu configuración quedará registrada según las políticas que tenga tu empresa respecto a los pagos de gratificación.
2. Configuración de remuneración fija para el pago de gratificación trunca:
Para esta configuración también debes dirigirte a Administración >> Empresa >> Crear Variable >> Crear nueva variable.
Encontrarás un campo llamado "Mes Remuneraciones Fijas Gratificación Trunca". Aquí podrás especificar si el cálculo de la gratificación trunca se realizará considerando las remuneraciones fijas del mes actual o anterior al cese. Esto aplicaría solo para gratificación trunca, no para para los cálculos de CTS trunca y/o Vacaciones truncas.
3. Configuración de remuneraciones variables para el pago de gratificación del segundo semestre:
En el formulario de edición, busca la opción desplegable "Metodología de cálculo gratificación 2do semestre". Podrás elegir entre dos períodos para el cálculo de la gratificación del segundo semestre.
Metodología 1: Julio - Diciembre
Esta es la metodología estándar de la plataforma. El cálculo de la gratificación de diciembre considerará las remuneraciones variables ocurridas entre julio y diciembre. Es decir, proyecta
Metodología 2: Junio - Noviembre
Al activar esta opción, el cálculo de la gratificación de diciembre considerará las remuneraciones variables ocurridas entre junio y noviembre.
Es importante destacar que esta configuración impacta únicamente en el cálculo de las remuneraciones variables (como bonos, comisiones u horas extras) que se promedian para la gratificación.
Las remuneraciones fijas, el sueldo o la asignación familiar no se ven afectados por esta selección. Estos dependen de la fórmula de tu ítem buk_base_gratificacion.
⚠️ Importante: Después de guardar la nueva metodología de cálculo de gratificación, recuerda que debes actualizar (recalcular) las boletas de pago de tus colaboradores para que esta nueva configuración se vea reflejada en sus cálculos.
Palabras Claves:
Gratificaciones legales, mínimo de días, pago por meses completos, fracciones de mes, Mínimo 30 días, remuneración fija, gratificación trunca.
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